En un intento de mejorar la movilidad en las calles de Bogotá y de reducir los niveles de contaminación presentes día a día en la capital del país, la Alcaldía junto a la Secretaria de Movilidad adoptaron la medida de pico y placa obligatoria para vehículos particulares y taxistas.
Esta norma ha demostrado en varios estudios y análisis realizados por expertos en la materia que es una herramienta eficiente para mejorar la movilidad de la ciudad, especialmente en horarios de alta congestión.
De acuerdo a lo que establece la normativa, para este jueves 22 de febrero de 2024, los vehículos particulares cuya placa termine en el dígito 1, 2, 3, 4 y 5 no podrán circular desde las 6:00 a.m. hasta las 9 p.m.
Por otro lado, los taxistas que tengan vehículos con placas terminadas en 3 y 4 les rige de restricción desde las 5:30 a.m. hasta las 9:00 p.m. de lunes a sábado.
Así mismo, los vehículos de carga no podrán circular en los horarios de 6:00 a.m. a 8:00 a.m. y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m. de lunes a viernes, sin importar el dígito de la placa.
Cabe mencionar que en caso de ser sorprendido infringiendo la norma, podrá ser sancionado con una multa de $650.000 pesos colombianos, sumado a la inmovilización del automotor.