¿Qué pasará con demanda de Boca contra River por agresión en la final?

La queja se analizará en Conmebol, puede llegar hasta el TAS e incluso resolverse hasta el 2019.

Boca Juniors

Tévez y el DT, barros Schelotto

Foto: EFE

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26 de noviembre 2018 , 08:36 a. m.

La tan dilatada final de la Copa Libertadores 2018 entre River Plate y Boca Juniors ha cambiado de escenario: pasó de la cancha al escritorio.

Ya reposa en las manos de los responsables de la Conmebol una demanda, apoyada en imágenes, diagnósticos médicos y una serie de pruebas adicionales de las fallas e irregularidades que obligaron al aplazamiento del partido de vuelta de la final, primero del sábado al domingo y después a una fecha indeterminada.

La firma es de Daniel Angelici, presidente de Boca Juniors, quien pretende hacer cumplir el reglamento de la competencia, que contempla sanciones que van desde multas económicas hasta la pérdida de puntos, la obligación de jugar en un tercer país y la exclusión de torneos regionales.

Su argumento es el artículo 18 de la competencia, relativo a las sanciones para clubes y federaciones, en concordancia con el artículo 64 de los estatutos de la Conmebol.

¿Qué dice el artículo 18?
Aquí el resumen de las sanciones a las que se exponen los clubes:

a) Advertencia
b) Reprensión, amonestación o apercibimiento
c) Multa económica, que nunca será inferior a DÓLARES AMERICANOS CIEN (USD 100) ni superior a DÓLARES AMERICANOS CUATROCIENTOS MIL (USD 400.000).
d) Anulación del resultado de un partido.
e) Repetición de un partido.
f) Deducción de puntos.
g) Determinación del resultado de un partido.
h) Obligación de jugar un partido a puerta cerrada.
i) Cierre total o parcial del estadio.
j) Prohibición de jugar un partido en un estadio determinado.
k) Obligación de jugar un partido en un tercer país.
l) Descalificación de competiciones en curso y/o exclusión de futuras competiciones.
m) Retirada de un título o premio.
n) Retirada de licencia.
o) Prohibición de venta y/o compra de boletos.


¿Qué futuro tiene la demanda?

El abogado deportivo Andrés Charria lo dice con claridad: “Tiene mucha validez el reclamo. A Boca deberían darle los puntos sobre la base del reglamento. Alegan, con razón, lo que les pasó a ellos cuando perdieron una eliminatoria contra River (en 2015 fueron descalificados de la Libertadores por incidentes con gases lacrimógenos en La Bombonera). Es la misma agresión y es evidente que los agresores son hinchas de River”, asegura.

Según el experto, la agresión que produjo heridas de consideración a jugadores de Boca debió evitarla el equipo que oficiaba como local: “Ellos dirán que no tienen control sobre las barras, pero hay una responsabilidad objetiva del club frente al comportamiento de sus aficionados y ahí no hay nada que hacer. Dirán que es un tema de orden público que sobrepasa a la Policía, que ellos como equipo de fútbol no tienen la fuerza ni el control de los bárbaros, pero su responsabilidad objetiva sobrepasa ese argumento”, explica.

Respecto de la diferencia de este caso con el de la Libertadores de 2015, referente a que en esta final la agresión fue afuera del estadio, Charria señaló que hay al menos dos fallas muy difíciles de desconocer: “Normalmente tiene que haber tres anillos de seguridad y la agresión ocurrió en la última, para mí está en la órbita de seguridad que debe asegurar River. Puede verse que son sus hinchas porque están identificados y están en el perímetro. Son dos fallas que pueden no ser de River pero sí atribuibles a él: los hinchas y la cercanía”.

En su opinión, “no será responsable (River) pero le faltó vigilar, controlar y generar clima de tranquilidad que no generó. A su favor juega que en el estadio no pasó nada, porque si hay algo peligroso es una multitud encerrada. Pero los argumentos de Boca son muy firmes”.

¿Cuál es el trámite de la demanda? ¿Cuánto demorará el fallo?

“Normalmente los plazos son 24 horas a partir de los hechos para presentarla y debe resolverse en dos días. Generalmente esas decisiones salen los miércoles. El martes abrirían el disciplinario y llamarían a descargos a River, que debe intentar demostrar que actuó diligentemente”, explicó el abogado.

En caso de un fallo contrario al interés de Boca, tendría dos escenarios más: la comisión de apelación de Conmebol o directamente el Tribunal de Arbitramento del deporte (TAS). “No pasa por FIFA porque no es jurisdicción, la jurisdicción es Conmebol”, aclara Charria.

En el TAS se nombran árbitros y la comisión de apelación tiene 21 días para decidir. “Pero habría que esperar a ver qué dice el laudo, si le da tres puntos a Boca y es campeón, si dice que el partido se debe jugar o no... puede pasar cualquier cosa. Boca puede pedir una cautelar y prolongar la vacancia del título; pedir que no juegue ninguno el Mundial de Clubes y que el cupo lo decidan los brasileños semifinalistas (Gremio y Palmeiras), es una de las alternativas”, según Charria.

¿Y entre tanto qué puede hacer River Plate para obligar a que el partido se juegue? “Alegar que Boca no se presentó a pesar de tener todas las garantías, pero todo es parte de la estrategia de los abogados en un caso que es inédito”, añadió el experto.

La posibilidad de jugar el partido en Emiratos Árabes, para permitir que el campeón se integre de una vez al Mundial de Clubes, sería para Charria el premio al infractor, pero también es una posibilidad, teniendo en cuenta que el trámite de la causa ante el TAS bien puede extenderse hasta 2019.

¿De cuánto tiempo real estamos hablando? El antecedente más cercano del tiempo que toma el Tribunal suizo en resolver un caso es el peruano Paolo Guerrero: llevó su demanda en los primeros días de mayo de este 2018, el 31 de mayo ordenaron la medida cautelar que le permitió jugar el Mundial de Rusia y el 23 de agosto fue ratificada su sanción por dopaje. En total, cuatro meses.

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