¡Pilas Bogotá! Conozca las restricciones en cuarentena total

Tenga en cuenta las medidas: dentro de las reglamentaciones no habrá ‘pico y placa’. 

Bogotá

Bogotá.

Foto: Cesar Melgarejo CEET

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22 de abril 2021 , 04:46 p. m.

El pasado martes la alcaldesa mayor de Bogotá, Claudia López, confirmó las medidas y restricciones para contener el avance del tercer pico del virus. La cuarentena general empezó este jueves 22 de abril a las 11:59 p. m. hasta el lunes 26 de abril a las 4 de la mañana.

El Ministerio del Interior ordenó instalar medidas de pico y cédula y restricción a la circulación nocturna en ciudades y municipios en los que la ocupación de camas UCI supera el 80 %. Bogotá hoy tiene el 88.1 % de ocupación de camas UCI y en días recientes registró más de 4.000 caso de coronavirus por cuenta del nuevo pico de contagio que enfrenta.

Medidas a partir de este 22 de abril

Bogotá mantendrá el es quema 4x3, es decir, habrá cuarentena total en la ciudad desde este jueves 22 de abril a la medianoche y hasta el próximo lunes 26 de abril, a las 4 am. La medida de pico y cédula se mantendrá tal y como viene funcionando en la ciudad. 

Limitaciones para los carros y personas

No hay ‘pico y placa’, pero está limitada la libre circulación de personas y vehículos.

Solo se permite la circulación de una persona por familia para la compra de bienes y servicios.

Pueden salir a la calle aquellas personas y vehículos exceptuados en el decreto nacional 749.

Los exentos deben utilizar el carro compartido. Pero no pueden ir más de tres personas, incluyendo el conductor. Todos deben usar tapabocas.

Existe un límite de velocidad: 50 km/h con excepción de tres vías. Tienen hasta 60 km/h la calle 26 y la autopista Norte, la carrera 7.ª entre calles 93 y 95 y la autopista Sur entre carrera 74G y límites con Soacha.​

Pico y Cédula

Para ingresar a cualquier establecimiento comercial y de servicio para realizar compras de productos al detal y por mayor, servicios bancarios, financieros, notariales y atención en entidades públicas.

En los días impares no podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en impar.

En los días pares no podrán acceder las personas cuya cédula o documento de identidad termina en digito par.

Están exceptuados de esta restricción los servicios de salud, farmacia y funerarios.

El control de esta restricción al ingreso estará en cabeza de los establecimientos. En el caso de un centro comercial, si uno de los locales incumple, causaría el cierre total.

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