El pan de cada día en el que se ha convertido la novela de la final de Copa Libertadores entre Boca Juniors y River Plate tiene, a un día de conocerse el fallo de una demanda en trámite, un nuevo capítulo: ¿qué pasa si Boca no se siente conforme con la decisión de Conmebol y decide no presentarse al partido?
La discusión hace tiempo que no es deportiva sino jurídica. Y en ese sentido, todas las opciones son posibles.
Los posibles escenarios son:
- Si efectivamente sale este jueves el fallo del Tribunal de disciplina de Conmebol en contra de lo que pide Boca Juniors, que es no jugar el partido, que le den los tres puntos y en consecuencia el título de Copa, lo previsible es que el caso vaya al Comité de Apelaciones de la misma Conmebol.
- En caso de un fallo contrario a sus intereses en la apelación, lo que también es esperable, se abre la opción de acudir al Tribunal de Arbitramento Deportivo (TAS), última instancia para todos los conflictos ocasionados en el deporte.
En este último caso, si el partido se programa en Doha, como se rumora desde Argentina, y si es el 8 o 9 de diciembre, como anunció Alejandro Domínguez, presidente de Conmebol, entonces Boca Juniors tendrá que decidir si se mantiene firme en su posición de no jugar y corre el riesgo de duras sanciones, o si se resigna, juega bajo protesta y espera a que, tras un tiempo indeterminado, el TAS falle a su favor y reverse el resultado del juego.
Si no juega, ¿a qué se expone?
El reglamento es clarísimo, en su artículo 179: “Si un equipo no se presenta a un partido (excepto en casos de fuerza mayor) o se niega a continuar a jugar o deja el campo antes del final del partido, se considerará que el equipo pierde el partido y como regla general será excluido de la participación de la competición”.
Reglamento
Foto: A. particular
Y falta aún el castigo económico: “El club en cuestión pagará una indemnización por cualquier daño o perjuicio realizado contra CONMEBOL, la Asociación Anfitriona y/o otra Asociación(es) Miembro Participante(s) y no tendrá derecho a una remuneración financiera por parte de CONMEBOL. La Organizadora puede considerar futuras medidas”, dice el artículo 180.
Y para el futuro también hay consecuencias: “La CONMEBOL tomará futuras medidas según corresponda, como la suspensión del club en cuestión de cualquier otra competición de CONMEBOL o FIFA”, reza el reglamento.