La polémica declaración de Gabriel Camargo, presidente del Deportes Tolima, sobre el supuesto consumo de alcohol de las mujeres en los equipos de fútbol femeninos y la orientación sexual de algunas de ellas, podría pasar del comentario discriminatorio y homofóbico a las sanciones.
El Código Disciplinario de la Federación Colombiana de Fútbol contempla castigos para este tipo de declaraciones, que van en contra del interés deportivo.
Específicamente el capítulo 3, en su artículo 72, se refiere a las ‘declaraciones contra las autoridades del fútbol’, el cual incluye “FCF, DIMAYOR o DIFUTBOL, sus autoridades, funcionarios o representantes, del personal técnico o de jugadores y en general de cualquier oficial u oficial de partido”. Ahí se incluyen los presidentes de clubes.
Justamente en el inciso 4 se habla de los miembros de los clubes y se explica que se exponen a sanciones de “veintidós (22) a cuarenta y cuatro (44) salarios mínimos mensuales legales vigentes y la prohibición de ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol de tres (3) a seis (6) meses”.
Camargo ha sido duramente criticado por sus declaraciones, con tinte misógino, en contra de los equipos de fútbol femenino, de las jugadoras y de la propia Liga.